Instituyese como “Día de la Bandera Nacional”
En 1961, se declaró el 17 de agosto de cada año, el “Día Nacional de la Bandera”.
Artículo 1: Instituir como “Día de la Bandera Nacional”, el 17 de agosto de cada año, fecha en que deberá ser izada la Insignia Patria, con los honores de ordenanza en todos los edificios públicos, comandos, servicios y escuelas militares.
Artículo 3. Al izarse, arriarse o pasar frente a la Bandera Nacional, los guatemaltecos civiles y extranjeros residentes en la República, deberán rendir honores a la Insignia Patria así.
- Si usan sombrero deberán descubrirse y ponerse el sombrero con la copa hacia fuera sobre el pecho al lado izquierdo; y
- Si están descubiertos, se deberán poner la mano derecha con la palma sobre el corazón.
CÚMPLASE
YDIGORAS FUENTES
17 de agosto bandera Bandera de Guatemala Día de la bandera Nacional Honores a la bandera Ydigoras Fuentes