Decreto 31-99 -La marimba
El Congreso de la República de Guatemala, con el Decreto 31-99 con fecha de emisión 31 de agosto de 1999, y con fecha de publicación 1 de octubre de 1999, declara en el Artículo 1: la marimba símbolo nacional, por ser un instrumento histórico de valor cultural, de arte y tradición de los guatemaltecos, propia de nuestro país y que enaltece nuestra cultura e idiosincrasia.
Artículo 2: El Ministerio de Educación velará porque en la guìa programática que comprende la materia de formación musical, en centros de educación oficiales y privados, propicien la enseñanza de marimba, como un reconocimiento al baluarte nacional de la cultura, arte y tradiciones guatemaltecas.
Anualmente el Ministerio de Educación proveerà en su programación presupuestaria de los recursos financieros que hagan posible en forma progresiva y racionalmente planificada la dotación de instrumentos marimbìsticos a los centros educativos oficiales, con el fin de estimular su práctica musical, asì como de proveer los concursos estudiantiles de marimba.
Articulo 3. El Ministerio de Cultura y Deportes deberá ejecutar acciones tendientes a organizar eventos y concursos, que promuevan el instrumento de la marimba como símbolo patrio nacional, en el mes de septiembre de cada año.
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